
Los 35 temas del temario común a todas las opciones de los cuerpos superiores facultativos suelen, al menos, abrumar un poco, a los no juristas, y concretamente a los Opositores a Conservadores de Museos. En general, éstos suelen indicar que el temario especifico es mucho mas de su gusto y que les resulta imposible memorizar toda esa legislación. Me he acordado del Mosaico de los 7 sabios, porque quizás en estas oposiciones se pretenda reunir sus saberes en una sola persona. ¡Pero así son las oposiciones!
Desde mi punto de vista, tienen razón: es imposible memorizar los numerosos textos legales aludidos por el temario común. Solo puedo aportar, que un conservador de museos, sin duda, no es un especialista en derecho administrativo, contratación publica, recursos humanos, hacienda publica o comunidades europeas, etc. por aludir a algunos de los contenidos de los 35 temas.
Dicho de otra manera, el conocimiento exhaustivo de las materias sobre las que el Tribunal puede preguntar, es el objeto de conocimiento de distintas especialidades, cuerpos y puestos de trabajo, y aún, imagino a expertos en algunas de esas áreas que no dominen –y por supuesto – no hayan memorizado- la legislación completa que les atañe.
Por eso me parece, dicho con todos los respetos, un poco distorsionada la voluntad de aprendizaje, y memorística aludida. Me parece mas lógico, aspirar a conocer los principios, la base de la materia exigida en dichos temas, aspirar a ser capaz de explicar, escribiendo durante hora y media esos temas, …y desde luego, tener claro que si el Tribunal quiere complicar la pregunta, puede hacerlo. En mi experiencia, he de decir que en general, es mejor no contestar, que hacerlo erróneamente, dado la puntuación negativa que se da a las respuestas erróneas.
Por otro lado, desde mi punto de vista, creo que los Tribunales de estas Oposiciones, son conscientes de todo lo que venimos hablando, y las preguntas que suelen formular no dejan de ser de principios, de bases de las referidas materias. Bases, que sin duda debe conocer un conservador de museos, que por ejemplo, en Andalucía, aspire a integrarse como funcionario A1, en su organización. ¡Es lógico que conozcas tu empresa!
Pero ¡ojo! Que esas bases también están preñadas de dificultades.
Por ejemplo, hablando del Tema 4, la organización territorial del Estado, indudablemente tenemos que saber que según la Constitución, el Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y las comunidades autónomas que se constituyan. Es el articulo 137 (mirarlo, es básico, que aunque no vayamos a memorizar toda la legislación relativa al temario común) nos acostumbremos a imprimir o comprar, y trabajar, y subrayar las normas legales. La pregunta correspondiente se formuló en el examen de la convocatoria libre de la OPE del año 2003, y desde luego es lo inmediato a responder al enunciado del tema, en el caso en el que tengamos que escribir sobre el mismo.
Esto es, más vale saber poco y bien; que querer abarcar …..y al final no dominar, ni lo elemental.
Ojo, que lo elemental no es fácil, sobre todo para quien no sea especialista de la matería.Así por ejemplo, el año pasado se pregunto en el examen de la OPE de 2018, como se organizaba territorialmente Andalucia. La pregunta aludía hasta al articulo del Estatuto de nuestra Comunidad Autonoma, donde esta regulada. Indudablemente la relación de lo preguntado con el temario, es el Tema 5, cuya última pregunta es la organización territorial de la Comunidad Autonoma de Andalucía, (no el 4 como lo fue la pregunta referida anteriormente).
En efecto, según el artículo 89.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, esta se organiza territorialmente en Municipios, provincias y demás entidades territoriales que puedan crearse por Ley.
Repito, imprime el Estatuto de Andalucía, subraya el precepto. ¿No querrás ser conservador, y no manosear, la Ley de Museos?. Pues esto, igual. Tocando los textos, subrayándolos, los entenderás mejor. De esta manera, con el tiempo serás un especialista. Porque, poco a poco, también la parte común te interesará.
Finalmente, en la OPE del 2007 (Cuestionario 1, Libres), se hizo otra pregunta relativa al tema 5. Para mi gusto debiera de haber empezado remitiéndose a la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local. No lo hizo. Solo preguntaba por las entidades locales territoriales. Como debéis saber: el municipio, la provincia y la isla en los archipiélagos balear y canario. Ver el articulo 3 de esa Ley, y quedaros con la diferencia entre las entidades locales territoriales, y las entidades locales que no tienen esa condición.
En resumen: las tres preguntas son parecidas, y así os resultan, por eso tenéis que pensar un poco, para ver que una se refiere a la organizacion territorial del Estado, otra a la de Andalucía, y otra a las entidades territoriales locales. Eso es mas lógico, profundizar en esas diferencias básicas, y tratar de memorizarlas, lo que sí es posible) mucho más que la conducta descrita, de pretender devorar la legislación.
No quiero terminar estas ideas, sin llamar la atención sobre la importancia de conocer la organización institucional y administrativa de la la Junta de Andalucía, (será vuestra empresa) y los temas sobre igualdad de genero, sobre los que en los ejercicios de las distintas OPEs, sin duda os preguntarán.
Os invito a comentar esta entrada, y os intereso en mi resumen básico y explicativo de los temas de la parte común de esta oposición. ¡Que este año, que ahora comienza, nos vaya bien a todos, y vosotros/as logreis vuestros objetivos!.