Pregunta trampa en los exámenes de conservadores?

La pregunta 76 del examen del 9 de noviembre de 2024

Es muy entretenido estudiar las preguntas de los exámenes de acceso a los facultativos conservadores de museos en Andalucía. La de referencia, tiene una larga historia. Pues, por un lado, han sido muchas las preguntas que se han hecho sobre los depositos. Refiriendonoss esa cuestión y excluyendo otros conceptos relacionados: «ingresos procedentes de incautacion judicial» o a la «asignacion» (sobre, por ejemplo, las que se pregunto en el examen de la OPE 2021 de ayudantes) tenemos las Preguntas 28 y 49 de la OPE 2019/2020; la 20 y la 26 de la OPE del 2009, la 36 de la del 2007, etc. etc. todo ello en ayudantes. Pero que igual podriamos referir en conservadores (18 y 29 del 2005; 7 del 2007, etc.); precisamente esta última, del Cuestionario 1, puede ser un antecedente de la que nos ocupa, pues refiriéndose al Decreto 284/1995 dice que los museos inscritos en el Registro «podrán acoger depósitos» de bienes muebles de la Junta de Andalucía, cuando en realidad lo que dice el Art. 13 del Decreto, es que podrán solicitarlo ( el depósito de bienes del Patrimonio Histórico propiedad de la Junta de Andalucía). Una diferencia muy sutil, ya lo sé, pero que en el momento del examen, puede liar a un buen opositor.

Algún día tratare de hacer una clasificación de las preguntas realizadas.

(Entrada en construcción, respecto de la que ya podeis hacer comentarios, y sobre todo decir donde se establecen los 5 años renovables como duración máxima del deposito que refiere la pregunta, y que el Tribunal dio por correcta).